Cuando las personas nacidas en otros países se trasladan a California o a cualquier otro lugar de Estados Unidos de forma permanente, pueden estar interesadas en reunir a otros miembros de su familia, como los padres. Según el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU., aunque los residentes permanentes no pueden patrocinar a un progenitor para un tarjeta verdeUn ciudadano estadounidense mayor de 21 años tiene esta opción.
La solicitud que debe presentarse para un progenitor es formulario I-130que se llama Petición para un Familiar Extranjero. El hijo adulto que presenta la solicitud debe poder demostrar que cumple los requisitos para convertirse en el patrocinador económico del progenitor. Además, el USCIS establece que la relación entre el progenitor y el hijo que se presentación de la petición debe estar documentada. Aunque la persona que presente la información sea ciudadana estadounidense, si no ha nacido en este país, la solicitud requiere una copia del pasaporte estadounidense o del certificado de naturalización.
Si la madre que figura en la copia presentada del certificado de nacimiento del solicitante es la persona que solicita la tarjeta verde, la documentación está completa. Para solicitar un padre, el hijo adulto debe incluir una copia del certificado de matrimonio junto con los demás documentos.
El padre que no estaba casado con la madre debe haber legitimado al hijo antes de que cumpliera los dieciocho años, de acuerdo con la legislación del lugar de residencia del hijo o del padre. Si no hay legitimación, debe probarse que antes de que el hijo cumpliera 21 años, o se casara, si eso ocurrió primero, existía un vínculo económico o emocional entre padre e hijo.
El formulario I-130 puede seguir siendo válido en situaciones que impliquen a padres adoptivos o padrastros. Sin embargo, en estos casos se requiere otra documentación.