Cuando un residente en California nacido en el extranjero quiere convertirse en ciudadano estadounidense mediante un visado por matrimonio, el éxito de la petición depende de la validez del matrimonio. Los matrimonios difieren en todo el mundo, e incluso en todo el país, y el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. acepta algunas de estas uniones, pero no todas, en las solicitudes de naturalización. Las directrices del USCIS enumeran los tipos de matrimonios que pueden considerarse válidas o inaceptables, y las circunstancias que las definen para ayudar a las parejas a determinar si el cónyuge inmigrante puede adquirir la nacionalidad.
Por ejemplo, USCIS no reconoce los matrimonios polígamos e incestuosos, ya que no son legales. También son ilegales los matrimonios por poderes, que son ceremonias celebradas con un solo cónyuge presente. En ocasiones, USCIS hace una excepción si los cónyuges han consumado el matrimonio. Además, las leyes del lugar donde se celebró el matrimonio son factores primordiales para determinar su validez. Las uniones que violen la política pública de California no serán reconocidas, aunque se consideren un matrimonio válido en la jurisdicción donde se celebraron. Los matrimonios que sí cumplen la definición estatal de matrimonio legal son los siguientes:
Si el matrimonio entre un ciudadano estadounidense y un solicitante termina en muerte o divorcio después de haber prestado el Juramento de Lealtad, el solicitante no podrá casarse con otra persona para tener derecho a la naturalización. Un matrimonio se considera fraudulento si tiene lugar con la intención de eludir las leyes de inmigración.